- Partes Principales que Componen una Caldera
Debido a que cada caldera dispone, dependiendo del tipo, de partes características, es muy difícil atribuir a todas ellas un determinado componente. En razón de lo anterior se analizarán las partes principales de las calderas en forma general, especificando en cada caso el tipo de caldera que dispone de dicho elemento. Para tal análisis usaremos el esquema de la caldera cilíndrica sencilla.
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Los hogares se pueden clasificar en:
Según su ubicación:
Hogar exterior
Hogar interior
Según el tipo de combustible:
Hogar para combustibles sólidos
Hogar para combustibles líquidos y gaseosos
Según su construcción.
Hogar liso
Hogar corrugado
Esta clasificación rige solamente cuando el hogar de la caldera lo componen uno o más tubos a los cuales se les da el nombre deTubo Hogar.
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Líquido, hogar corrugado.
Puerta Hogar: Es una pieza metálica, abisagrada, revestida generalmente en su interior con ladrillo refractario o de doble pared, por donde se alimenta de combustible sólido al hogar y se hacen las operaciones de control de fuego.
En las calderas que queman combustibles líquidos o gaseosos, esta puerta se reemplaza por el quemador.
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Las parrillas deben adaptarse al combustible y cumplir los siguientes requisitos:
Deben permitir convenientemente el paso del aire
Deben permitir que caigan las cenizas
Deben permitir que se limpien con facilidad y rapidez
Deben impedir que se junte escoria
Los barrotes de la parrilla deben ser de buena calidad para que no se quemen o deformen
Deben ser durables
Algunos diseños de parrillas permiten que por su interior pase agua para refrigerarlas y evitar recalentamientos.
Según su instalación:
Fijas o estacionarias: Son aquellas que no se mueven durante el trabajo
Móviles o rotativas: Son aquellas que van girando o avanzando mientras se quema el combustible.
Según su posición:
Horizontales
Inclinadas
Escalonadas
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En algunas calderas el cenicero es un deposito de agua.
Puerta del Cenicero: Accesorio que se utiliza para realizar las funciones de limpieza del cenicero. Mediante esta puerta regulable se puede controlar también la entrada del aire primario al hogar.
Cuando se hace limpieza de fuegos o se carga el hogar, se recomienda que dicha puerta permanezca cerrada con el objeto de evitar el retroceso de la llama.
Altar: es un pequeño muro de ladrillo refractario, ubicado en el hogar, en el extremo opuesto a la puerta del hogar y al final de la parrilla, debiendo sobrepasar a ésta en aproximadamente 30 cm.
Los objetivos del altar son:
Impedir que al avivar, cargar o atizar los fuegos tiren partículas de combustibles o escoria al primer tiro de los gases.
El altar forma también el cierre interior del cenicero.
Imprimir a la corriente de aire de la combustión una distribución lo mas uniforme posible y una dirección ascensional vertical en todo el largo y ancho de las parrillas.
Restringir la sección de salida de los gases calientes aumentando su velocidad, lo cual facilita su mezcla y contacto intimo con el aire, haciendo así que la combustión sea más completa.
Mampostería: Se llama mampostería a la construcción de ladrillos refractarios o comunes que tiene como objeto:
Cubrir la caldera para evitar perdidas de calor al exterior
Guiar los gases y humos calientes en su recorrido.
Para mejorar el aislamiento la mampostería se dispone, a veces, en sus paredes de espacios huecos (capas de aire) que dificultan el paso de calor al exterior.
En algunos tipos de calderas, se ha eliminado totalmente la mampostería de ladrillo, colocándose solamente aislamiento térmico en el cuerpo principal y cajas de humo.
Para este objeto se utilizan materiales aislantes, tales como lana de vidrio recubierta con planchas metálicas.
Conductos de Humos: es aquella parte de la caldera por donde circulan los humos y los gases calientes que se han producido en la combustión, en estos conductos se realiza la transmisión de calor al agua que contiene la caldera. En las calderas ígneo tubulares, estos conductos (tubos) deben instalarse de modo que su extremo superior quede a 10 cm (4 “) por debajo del nivel mínimo de agua de la caldera.
Caja de Humo: Corresponde al espacio de la caldera en el cual se juntan los humos y gases después de haber entregado su calor y antes de salir por la chimenea.
Chimenea: es el conducto de salida de los gases y humos de la combustión hacia la atmósfera, los cuales deben ser evacuados a una altura suficiente para evitar perjuicios o molestias a la comunidad. Además, tiene como función producir el tiraje necesario para obtener una adecuada combustión, esto es, haciendo pasar el aire necesario y suficiente para quemar el combustible, en caldera que usan combustibles sólidos. (Tiraje natural
Las dimensiones de la chimenea en cuanto a su altura y diámetro estarán determinadas por el tiraje necesario y condiciones de instalación respecto a edificios vecinas. En las calderas modernas existe tiraje artificial en que el movimiento del aire se hace por ventiladores sin descartar, desde luego, los usos de la chimenea.
Regulador de Tiro o Templador: Consiste en una compuerta metálica instalada en el conducto de humo que comunica con la chimenea o bien en la chimenea misma. Tiene por objeto dar mayor o menor paso a la salida de los gases y humos de la combustión.
Este accesorio es accionado por el operador de la caldera para regular la cantidad de aire en la combustión, al permitir aumentar (al abrir) o disminuir (al cerrar) el caudal. Generalmente se usa en combinación con la puerta del cenicero.
Tapas de Registro o Puertas de Inspección: Son aperturas que permiten inspeccionar, limpiar y reparar la caldera. Existen dos tipos dependiendo de su tamaño:
Las puertas de hombres
Las tapas de registro
Puertas de hombres: Como su nombre lo indica, estas puertas tienen el tamaño suficiente para permitir el paso de un hombre para inspeccionar interiormente la caldera y limpiarla.
Casi todas las tapas tienen forma ovalada para ajustar de adentro hacia fuera, llevan empaquetadura para su ajuste hermético y un perno central para su apriete. Algunas calderas tienen orificios cilíndricos los cuales se sellan con tapas tornillos.
Puertas de Explosión: Son puertas metálicas con contrapeso o resortes, ubicadas generalmente en la caja de humos y que se abren en caso de exceso de presión en la cámara de combustión, permitiendo la salida de los gases y eliminando la presión. Solo son utilizables en calderas que trabajen con combustibles líquidos o gaseosos.
Cámara de Agua: Es el volumen de la caldera que esta ocupado por el agua que contiene y tiene como límite superior un cierto nivel mínimo del que no debe descender nunca el agua durante su funcionamiento. Es el comprendido del nivel mínimo visible en el tubo de nivel hacia abajo.
Cámara de Vapor: es el espacio o volumen que queda sobre el nivel superior máximo de agua y en el cual se almacena el vapor generado por la caldera.
Mientras más variable sea el consumo de vapor, tanto mayor debe ser el volumen de esta cámara.
En este espacio o cámara, el vapor debe separarse de las partículas de agua que lleva en suspensión. Por esta razón, algunas calderas tienen un pequeño cilindro en la parte superior de esta cámara, llamado “domo” y que contribuye a mejorar la calidad del vapor.
Cámara de Alimentación de Agua: Es el espacio comprendido entre los niveles máximos y mínimos de agua. Durante el funcionamiento de la caldera se encuentra ocupado por agua y/o vapor, según sea donde se encuentre el nivel de agua.
En este punto se trataran sólo aquellas `partes generales relevantes propias del diseño de las calderas.
Hogar o Fogón: es el espacio donde se produce la combustión. Se le conoce también con el nombre de Cámara de Combustión.
Caldera hogar exterior para Caldera hogar interior para combustible combustible Sólido.
Emparrillado: son piezas metálicas en formas de rejas, generalmente rectangulares o trapezoidales, que van en el interior del hogar y que sirven de soporte al combustible sólido. Debido a la forma de reja que tienen, permiten el paso del Aire primario que sirve para que se produzca la combustión.
Tipos de parrillas:
Cenicero: es el espacio que queda bajo la parrilla y que sirve para recibir las cenizas que caen de ésta. Los residuos acumulados deben retirarse periódicamente para no obstaculizar el paso de aire necesario para la combustión
Tapas de Registro: todas las calderas tienen convenientemente distribuidas cierto número de tapas que tienen por objeto inspeccionar ocularmente el interior de las calderas o lavarlas, si es necesario extraer en forma mecánica o manual, los lodos que se hayan acumulado y que no hayan salido por las purgas.
2.- Protección y seguridad del sistema control de calderas
Para poder proceder al arranque de los quemadores es necesario que se cumplan una serie de condiciones particulares de seguridades de las calderas y de los quemadores.
A continuación se describen todas las seguridades que se deben de cumplir para que se active la señal de disponibilidad del sistema control calderas.
Seguridad por temperatura de aceite.
En la salida de aceite de cada uno de los cuatro serpentines de la caldera tenemos una sonda de temperatura tipo PT-100 que toma la temperatura de cada uno de los serpentines, para cada una de las calderas. Estas sondas actúan como elementos de seguridad por temperatura máxima de aceite.
En el caso de que la temperatura del aceite alcanzase el valor de alarma, automáticamente pararía el quemador y accionaría la alarma de avisos nivel 1 e indicaría la anomalía.
Seguridad temperatura diferencial de aceite.
Las sondas que tenemos colocadas en los serpentines también toman la temperatura a la salida de cada serpentín.
La temperatura diferencial compara cada temperatura con cada una de las otras tres, si el diferencial entre cada una de ellas es superior al diferencial establecido en el sistema dará una alarma.
En el caso de que la temperatura diferencial del aceite alcanzase a la temperatura prefijada, automáticamente pararía el quemador y accionaría la alarma de avisos nivel 1 e indicará la anomalía.
Seguridad presión máxima de aceite.
En la tubería de entrada de aceite a la batería se encuentra dos presostatos digitales de seguridad de aceite y un transmisor de presión analógico.
Controlan que la presión en la caldera no exceda del valor de alarma prefijado en los mismos presostatos digitales.
En el caso de que la presión del aceite alcanzase a la presión prefijada en los presostatos, automáticamente pararía el quemador y accionaría la alarma de avisos nivel 1 e indicará la anomalía.

Seguridades que se deben de cumplir para que se active la señal de disponibilidad del control de calderas:
▪ Seguridad por temperatura de aceite.
▪ Seguridad temperatura diferencial de aceite.
▪ Seguridad presión máxima de aceite.
▪ Seguridad caudal mínimo de aceite.
▪ Seguridad temperatura de película.
▪ Seguridad temperatura gases exterior.
▪ Seguridades temperatura motor ventilador de combustión del quemador.
▪ Presión mínima de gas.
▪ Presión máxima de gas.
▪ Presostato control estanqueidad.
▪ Presostato de mínima presión de aire de combustión.
▪ Fallo fotocélula llama.
▪ Fallo transmisión de O2
Seguridad caudal mínimo de aceite.
Los medidores de caudal de aceite evalúan el caudal de paso que hay en la entrada de cada una de las calderas. Ese caudal es verificado por el medidor de caudal redundante y a continuación da la orden de marcha.
En el caso de que la circulación del aceite esté por debajo del caudal mínimo que tenemos prefijado en el regulador de circulación de la pantalla, automáticamente pararía el quemador y accionaría la alarma de avisos nivel 1 e indicará la anomalía. El caudal mínimo será 90 m3/h del caudal nominal.
Seguridad temperatura de película.
En el interior de la caldera se encuentran cuatro sondas de temperatura tipo PT-100, dos en la parte alta y dos en la parte baja para control interno de temperatura de la caldera.
En el caso de que la temperatura alcance la temperatura prefijada en los termostatos de seguridad de los skinpoint automáticamente pararía el quemador y accionaría la alarma de avisos nivel 1 e indicará la anomalía.
Seguridad temperatura gases exterior.
En la salida de gases de chimenea al exterior se encuentra una sonda de temperatura tipo PT-100 que toma la temperatura de gases exterior, para las calderas. El valor de alarma de esta temperatura está prefijado.
En el caso de que la temperatura de los gases alcance la temperatura prefijada en el termostato, automáticamente pararía el quemador y accionaría la alarma de avisos de nivel 1 e indicará la anomalía.
Seguridades temperatura motor ventilador de combustión del quemador.
En el interior del motor de combustión se encuentra 8 sondas de temperatura PT-100, para las calderas.
Seis sondas toman la temperatura en cada uno de los bobinados, y dos más, en los rodamientos del motor. Actúan como elementos de seguridad por temperatura máxima.
En el caso de que la temperatura del bobinado o rodamiento del motor alcance el valor que está prefijado, accionaría una alarma de avisos nivel 2 e indicará la anomalía.

Presión mínima de gas.
Un presostato colocado en línea de gas, detecta si la presión del gas está baja, para las calderas. En el caso de que baje la presión del gas, el presostato mandará una señal de alarma a la cadena de seguridades del quemador y lo apagará (bloqueando el quemador) y accionará la alarma de avisos nivel 1 e indicará la anomalía. Para volver a arrancar el quemador se tendrá que pulsar el rearme de seguridades.
Presostato control estanqueidad.
El presostato controla la estanqueidad de gas de las electroválvulas del quemador, para las calderas.
En el caso de un fallo de estanqueidad de gas, éste presostato mandará una señal de alarma a la cadena de seguridades del quemador y lo pagará (bloqueando el quemador) y accionaría la alarma de avisos nivel 1 e indicará la anomalía. Para volver a arrancar el quemador se tendrá que pulsar el mismo rearme de seguridades.
Presostato de mínima presión de aire de combustión.
El presostato detecta la falta de presión de aire en el quemador para las calderas.
En el caso de que no detecte aire de combustión, éste presostato mandará una señal de alarma a la cadena de seguridades del quemador y lo pagará (bloqueando el quemador) y accionaría la alarma de avisos nivel 1 e indicará la anomalía. Para volver a arrancar el quemador se tendrá que pulsar el rearme de seguridades.
Fallo fotocélula llama
Las fotocélulas controlan la llama del quemador cuando está en funcionamiento, para las calderas.
En el caso de que no detecte llama cuando el quemador está funcionando, automáticamente mandará una señal de alarma a la cadena de seguridades del quemador y lo apagará (bloqueando el quemador) y accionaría la alarma de avisos nivel 1 e indicará la anomalía. Para volver a arrancar el quemador se tendrá que pulsar el rearme de seguridades.
Fallo transmisión de O2
Las sondas de O2 corrigen las proporciones de oxígeno que tenemos en la combustión del quemador, para las calderas.
El programador del quemador, actúa directamente sobre el servomotor que hay en la entrada de gases de combustión del quemador para darle más o menos oxígeno a la llama.
En el caso de que no se pueda corregir las proporciones de oxígeno o bien porque está estropeada la sonda de O2 o porque el servomotor que hay en la entrada de gases al quemador esté averiado, el programador provocará una alarma a la cadena de seguridades del quemador pero no lo apagará (ni lo bloqueará) y accionará la alarma de avisos nivel 1 e indicará la anomalía.
PROYECTO de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-020-STPS-2002, Recipientes sujetos a presión y calderas-Funcionamiento-Condiciones de seguridad, para quedar como PROY-NOM-020-STPS-2010, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas-Funcionamiento-Condiciones de seguridad.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
JOSE I. VILLANUEVA LAGAR, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, con fundamento en los artículos 512 de la Ley Federal del Trabajo; 4o., 17, fracción IX, y del 29 al 31 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; 1o., 38, fracciones III y IV, 40, fracción Vll, 44, primer y tercer párrafos, 47, fracción l, 51, primer párrafo, 68 y 87 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como en el Acuerdo por el que se establecen la organización y reglas de operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 17 de abril de 2006, me permito ordenar la publicación en ese órgano informativo del Gobierno Federal, del Proyecto de modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-020-STPS-2002, Recipientes sujetos a presión y calderas-Funcionamiento-Condiciones de seguridad, para quedar como PROY-NOM-020-STPS-2010, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas-Funcionamiento-Condiciones de seguridad, aprobado por dicho Comité, el 30 de noviembre de 2010, en su Décima Primera Sesión Ordinaria.
El presente Proyecto se emite a efecto de que los interesados, dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha de su publicación, presenten comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, en sus oficinas sitas en Av. Periférico Sur 4271, Edificio "A", nivel 5, colonia Fuentes del Pedregal, Delegación Tlalpan, código postal 14149, México, D.F., teléfono 3000 2100, extensión 2241, fax 3000 2217, o al correo electrónico: dgsst@stps.gob.mx.
Durante el plazo mencionado en el párrafo anterior, la Manifestación de Impacto Regulatorio que sirvió de base para la elaboración del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, estará a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité.
México, D.F., a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil diez.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, José I. Villanueva Lagar.- Rúbrica.
El Proyecto dispone que los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas instalados en los centros de trabajo, habrán de clasificarse en cualquiera de las tres categorías que incorpora, con base en el tipo de fluido que contengan, los volúmenes que manejen y las presiones a las que se encuentren calibrados sus dispositivos de seguridad.
Lo anterior, a efecto de establecer de manera diferenciada los requisitos por cumplir para el funcionamiento de los equipos de acuerdo con cada categoría.
De igual modo, obliga al patrón a contar con un listado de todos los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas que se encuentren instalados en su centro de trabajo.
Para cada equipo habrá de integrarse un expediente con el historial de su operación y los registros sobre las revisiones, mantenimiento y pruebas de presión y/o exámenes no destructivos realizados, entre otra información, con el objeto de disponer de los elementos técnicos que permitan mantener su funcionamiento en condiciones seguras.
1. Objetivo
Establecer los requisitos de seguridad para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas en los centros de trabajo, a fin de prevenir riesgos a los trabajadores y daños en las instalaciones.
2. Campo de aplicación
2.1 La presente Norma Oficial Mexicana rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo en donde funcionen recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas.
2.2 La presente Norma Oficial Mexicana no aplica para los equipos siguientes:
a) Campanas de buceo;
b) Campanas o cámaras hiperbáricas;
c) Recipientes utilizados como extintores;
d) Contenedores que trabajen a presión atmosférica;
e) Recipientes que trabajen interconectados en una misma línea de proceso, donde la presión de operación del conjunto de equipos y de cada uno de los equipos, se encuentren entre 0.3 y 2 kg/cm2 de presión manométrica y, al final de la línea de proceso, se encuentren abiertos a la atmósfera;
f) Tuberías, cabezales de distribución que no se utilicen como acumuladores de fluidos y sus componentes (juntas de expansión y conexiones);
g) Recipientes portátiles que contengan gases comprimidos;
h) Accesorios presurizados y utilizados como componentes o mecanismos que sirven para mezclado, separación, aspersión, distribución, medición, filtrado o control de fluidos que no rebasen 15 cm de diámetro nominal, instalados en los recipientes sujetos a presión;
i) Recipientes instalados en equipos móviles asociados con sus sistemas de frenado;
j) Recipientes que contengan gas licuado de petróleo, regulados por disposiciones legales cuya vigilancia compete a la Secretaría de Energía, y
k) Carros-tanque que transportan gases comprimidos, cuya regulación se encuentra a cargo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
3. Referencias
Para la correcta interpretación de esta Norma, deberán consultarse las siguientes normas vigentes o las que las sustituyan:
3.1 NOM-002-STPS-2010, Condiciones de seguridad - Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.
3.2 NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.
3.3 NOM-022-STPS-2008, Electricidad estática en los centros de trabajo -Condiciones de seguridad.
3.4 NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.
3.5 NOM-093-SCFI-1994, Válvulas de relevo de presión (seguridad, seguridad-alivio y alivio) operadas por resorte y piloto; fabricadas de acero y bronce.
3.6 NMX-B-482-1991, Capacitación, calificación y certificación de personal de ensayos no destructivos.
4. Definiciones
Para efectos de la presente Norma, se establecen las definiciones siguientes:
4.1 Alteraciones: Son las modificaciones al equipo o los incrementos de su presión o temperatura de trabajo máximas permisibles, con implicaciones que afecten la capacidad para soportar presiones más altas a las establecidas en su diseño.
No se consideran como alteraciones, la sustitución de accesorios o instrumentos por otros de las mismas características y el reforzamiento de boquillas.
4.2 Autoridad del trabajo; Autoridad laboral: Son las unidades administrativas competentes de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que realizan funciones de inspección en materia de seguridad y salud en el trabajo y las correspondientes de las entidades federativas y del Distrito Federal, que actúen en auxilio de aquéllas.
4.3 Centro de trabajo: Todos aquellos lugares tales como edificios, locales, instalaciones y áreas, en los que se realicen actividades de producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios, o en el que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo.
4.4 Certificado de fabricación: Es el documento emitido por el fabricante original del equipo, en el que se establece el diseño, materiales, datos e información para su uso, pruebas y revisiones, acordes con lo establecido en el código o norma empleados para su construcción.
4.5 Código: Es el conjunto de reglas técnicas en que está basado el diseño y la construcción del equipo.
4.6 Condiciones de operación: Son las variables de funcionamiento de los equipos, que incluyen los límites de presión y temperatura aceptados y reconocidos como seguros, de acuerdo con las características de diseño y fabricación, y que no activan los dispositivos de seguridad ni sobrepasan los rangos de seguridad de sus instrumentos de control.
4.7 Dispositivos de relevo de presión: Son los accesorios o cualquier otro elemento calibrados para desahogar una sobrepresión, tales como válvulas de seguridad, válvulas de alivio de presión, discos de ruptura, entre otros.
4.8 Equipo(s): El o los recipientes cerrados sometidos a una presión interna o externa, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas.
4.9 Equipo auxiliar: Es el accesorio o componente requerido para el funcionamiento de generadores de vapor o calderas, tales como contenedores para el suministro de agua, aire o combustible; equipo de tratamiento de aguas, de bombeo y de condensados; cabezales de distribución; ventilador(es), y extractor(es), entre otros.
4.10 Equipos nuevos: Son aquéllos que no han sido puestos en funcionamiento desde su fabricación; que conservan las condiciones de integridad con las que fueron diseñados y construidos, y que no han sufrido alteraciones.
4.11 Exámenes no destructivos (END): Son los tipos de ensayos practicados al material de un equipo y/o a sus uniones, que no alteran de manera permanente sus propiedades físicas, químicas, mecánicas o dimensionales.
4.12 Fluidos peligrosos: Son aquellas sustancias químicas en estado líquido o gaseoso, que por sus características intrínsecas y de temperatura en el proceso, cumplen con lo siguiente:
a) Representan riesgos específicos a la salud, de inflamabilidad y/o reactividad, por tratarse de sustancia oxidantes o que reaccionan al contacto con el agua, según lo establecido en la NOM-018-STPS-2000, o las que la sustituyan, o
b) Su temperatura de operación sea mayor a 70 ºC, o
c) Su temperatura sea inferior a -28 °C.
4.13 Funcionamiento: Es la operación segura de los equipos y de sus elementos de seguridad, soportada en las acciones realizadas en su revisión y mantenimiento.
4.14 Gas licuado de petróleo; gas L.P.: Es el combustible en cuya composición química predominan los hidrocarburos butano y propano.
4.15 Generador de vapor o caldera: Es el aparato que se utiliza para generar vapor de agua o para calentar un fluido en estado líquido, mediante la aplicación del calor producido por la combustión de materiales, reacciones químicas, energía solar o eléctrica.
4.16 Instrucciones o procedimientos de seguridad: Es la descripción, en orden lógico y secuencial, de las actividades y condiciones seguras que deberán seguir los trabajadores en la operación, revisión, mantenimiento, pruebas de presión y exámenes no destructivos de los equipos.
4.17 Instrumentos de control: Son los elementos instalados en el equipo para supervisar sus variables de operación, entre otros, las columnas de agua, los indicadores de nivel y los controles de presión.
4.18 Patrón: Es la persona física o moral en cuyo centro de trabajo opera algún equipo y que es responsable de su funcionamiento.
4.19 Personal capacitado y calificado: Es la persona con capacidad técnica y experiencia para realizar, supervisar, testificar y evaluar los resultados de exámenes no destructivos, de acuerdo con lo dispuesto por la NMX-B-482-1991, o las que la sustituyan.
4.20 Presión de calibración: Es el valor de la presión al que se ajusta la apertura de un dispositivo de relevo de presión.
4.21 Presión de diseño: Es el valor de la presión a las condiciones más severas de presión y temperatura simultáneamente esperadas durante el funcionamiento del equipo, en las que se demanda el mayor espesor de la pared y la especificación más estricta para el espesor de los componentes.
4.22 Presión de operación: Es la presión manométrica a la que funciona un equipo en condiciones normales.
4.23 Presión de prueba: Es el valor de la presión a la que se somete un equipo, con base en los criterios del código o normas de construcción, para comprobar que sus partes constitutivas son seguras en su operación.
4.24 Presión de trabajo máxima permitida: Es el menor de los valores de presión calculados para cualquiera de las partes esenciales del equipo según su diseño, o con su recálculo usando los espesores actuales, sin que presente deformación permanente.
4.25 Procedimiento para la evaluación de la conformidad: Es la metodología para evaluar la conformidad con la presente Norma Oficial Mexicana.
4.26 Recipiente criogénico: Es el recipiente sujeto a presión de doble pared, con un tanque interior que contiene un fluido criogénico -oxígeno, nitrógeno, argón, helio e hidrógeno, entre otros-, o gases condensados o licuados -bióxido de carbono y óxido nitroso, entre otros-, y un tanque exterior.
Entre los dos tanques se tiene un espacio anular con vacío y un material con propiedades de aislamiento para evitar la transferencia de calor por conducción, convección y radiación, desde el medio ambiente exterior hasta los gases en estado líquido en su interior.
4.27 Recipiente sujeto a presión: Es el aparato construido para operar con fluidos, gases o líquidos, a presión superior o inferior (vacío) a la atmosférica. Dicha presión puede provenir de fuentes externas o mediante la aplicación de calor, desde una fuente directa, indirecta o cualquier combinación de éstas.
4.28 Registro: Es la evidencia objetiva de la realización de actividades de operación, revisión y mantenimiento, así como del historial de las pruebas de presión o exámenes no destructivos practicados al equipo.
4.29 Reporte de servicios: Es el documento emitido por una unidad de verificación tipo "C", acreditada y aprobada en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en el que hace constar que se prestaron, a petición del patrón, los servicios de elaboración, ejecución y validación de los requerimientos establecidos en la presente Norma.
4.30 Revisión: Son las actividades realizadas por personal con conocimientos para determinar si el equipo opera en condiciones seguras de funcionamiento y se cumplen los procedimientos de operación y los programas de mantenimiento.
4.31 Riesgo inminente: Es la condición de operación fuera de los parámetros normales de un equipo y/o la ausencia de instrumentos de control, que pone en peligro su integridad física, la de los trabajadores y/o las instalaciones del centro de trabajo.
4.32 Secretaría: La Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
4.33 Superficie de calefacción: Es el área de transferencia de calor de un intercambiador de calor, o de un generador de vapor o caldera, que se encuentra en contacto simultáneo, por un lado con la fuente de energía térmica y, por el otro, con el fluido de trabajo o parte fría.
4.34 Temperatura de diseño: Es la temperatura esperada en el equipo bajo las condiciones de operación máxima extraordinaria y que puede ser igual o mayor a la temperatura de operación.
4.35 Temperatura de operación: Es la temperatura máxima del metal en el equipo que se alcanza bajo condiciones normales de funcionamiento, y que nunca deberá exceder el valor de la temperatura de diseño.
4.36 Temperatura extrema: Es la temperatura exterior de un equipo, mayor de 50 ºC o menor a -10 ºC, y que en caso de entrar en contacto con la piel provoca quemaduras al trabajador.
4.37 Transitorios relevantes: Son aquellas condiciones momentáneas ocurridas fuera de los parámetros normales de operación segura de un equipo.
4.38 Unidad de verificación tipo "A": Es la persona física o moral, acreditada y aprobada en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para verificar el grado de cumplimiento con la presente Norma mediante la emisión de un dictamen de evaluación de la conformidad.
4.39 Unidad de verificación tipo "B": Es la persona física o moral, acreditada y aprobada en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, constituida por el propio centro de trabajo y que forma parte integrante del mismo, con independencia de juicio, integridad en relación con sus actividades y sin conflicto de intereses, responsable de verificar el grado de cumplimiento con la presente Norma mediante la emisión de un dictamen de evaluación de la conformidad.
4.40 Unidad de verificación tipo "C": Es la persona física o moral, acreditada y aprobada en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, que cuenta con personal para realizar de manera independiente:
a) Los servicios de elaboración, ejecución y validación de los requerimientos establecidos en la presente Norma, mediante la emisión de un reporte de servicios, y
b) La verificación del grado de cumplimiento con la presente Norma mediante la emisión de un dictamen de evaluación de la conformidad.